Para el caso de que no se puedan firmar documentos con certificado digital deberán proceder del siguiente modo:

1. Descargar los documentos que se necesite firmar sin certificado digital

Micropréstamos COVID-19 autónomos Préstamos COVID-19 pymes y autónomos
Solicitud Micropréstamos COVID-19 autónomos Solicitudes y memoria sociedades
Declaración conocimiento condiciones económicas del aval Solicitudes y memoria autónomos
Declaraciones de bienes Resúmen efectos crisis COVID-19
Declaración conocimiento condiciones económicas del aval
Declaraciones de bienes


2. Cumplimentar todos los documentos que no haya podido firmar con certificado digital, imprimirlos y fimarlos

3. Escanear todos los documentos (cada uno en un fichero) y remitirlos escaneados al email: info@asturgar.com indicando en el asunto el número de solicitud.

4. Remitir los documentos firmado por correo ordinario a Asturgar SGR en la siguiente dirección:
Asturgar SGR
Parque Tecnológico de Asturias
EDICIFICIO IDEPA
33428 Llanera
Asturias

La rececpción de los documentos originales es condición necesária para continuar con el expediente.

Características generales de las financiaciones (ver en pdf)

PYMES con domicilio social en Asturias, cualquiera que sea su forma jurídica (sociedades mercantiles, sociedades de economía social o autónomos) y que se hayan visto afectadas por la crisis originada por el COVID-19.
Necesidades de tesorería, originadas por el cese temporal de la actividad o un ralentizamiento de misma como consecuencia del estado de alerta promulgado para hacer frente a la extensión del COVID-19.

Debe tratarse de situaciones originadas como consecuencia de la crisis generada por el COVID-19. Las empresas no deben presentar situaciones irregulares de fecha anterior al 1/03/2020 y los cierres de sus estados contables del ejercicio 2019 deben mostrar balances equilibrados y capacidad de generación de fondos para atender sus obligaciones de pago.
Micropréstamo circulante para autónomos
Importe: Hasta un máximo de 20.000 euros por titular.
Plazo: hasta 5 años que podrá incluir hasta un año de carencia (1+4).

Préstamo circulante para pymes y autónomos
Importe: Hasta un máximo de 100.000 euros por titular (con un límite de tres veces el importe medio mensual de ventas de 2019).
Plazo: hasta 7 años que podrá incluir hasta un año de carencia (1+6).
Tipo de interés de los préstamos. Puede ser fijo o variable
Tipo variable máximo: Euribor 12 meses + 1,50%
Tipo fijo máximo: 1,50%
Comisión de apertura máxima: 0,25%
Comisión de cancelación anticipada: 0%

Costes aval de Asturgar. Se liquidarán a la firma y de una sóla vez los costes correspondientes al total de la operación. Asturgar dejará pendiente su cobro hasta que se confirme la obtención de la subvención procedente de IDEPA.
- Préstamo: Comisión de estudio 0,50%, comisión riesgo 1% sobre el riesgo vivo anual.
- Micropréstamo: Comisión de estudio 0,25%, comisión de riesgo 0,9% sobre el riesgo vivo anual.

Subvención IDEPA por el 100% de los costes de aval. Las empresas deberán solicitarla directamente ante IDEPA en cuanto se aperture la convocatoria. La concesión de la ayuda quedará sujeta a los límites y criterios que establezca IDEPA en la convocatoria.1
Las comunidades de bienes y las sociedades civiles no podrán ser beneficiarias de la subvención
• Las empresas deben ser viables y rentables. Con capacidad de generar recursos suficientes para amortizar la deuda y no presentar fondos propios negativos ni pérdidas continuadas.
• Las empresas deben cumplir con las exigencias legislativas en asuntos sociales, laborales, éticos y ambientales, que sean de aplicación en cada momento.
• Ausencia de incidencias en registros externos por impagados, estar al día de las obligaciones tributarias y laborales.
• Garantía personal de los promotores. Se podrán valorar otras garantías en función de los casos.
• En el momento de la firma, ser socio de Asturgar SGR con participaciones sociales de 300,51 euros por al menos el 3% del riesgo avalado (este importe es reembolsable al vencimiento). En el caso del Micropréstamo Circulante será preciso únicamente una participación.
Se podrá obener información en Asturgar SGR, en el IDEPA o en las entidades financieras colaboradoras.

El estudio de la financiación lo realizará Asturgar SGR.

Las solicitudes de los avales se realizará directamente a través de Asturgar Online.

La documentación necesaria para la solicitud del aval es la habitual de las operaciones financieras (información social, económica y fiscal de los intervinientes). Puede consultar el detalle de esta pichando aquí

La solicitud de la subvención por el 100% de los costes del aval se 
gestionará directamente ante IDEPA en cuanto se aperture la convocatoria.


Solicitudes:

Dudas frecuentes:

¿Voy a Asturgar? ¿voy al banco?

Se trata de préstamos bancarios con nuestra garantía, con lo que necesariamente debe contarse tanto con Asturgar como con su banco.
¿Qué le proponemos? Gestione directamente en Asturgar Online su solicitud con nosotros y hágaselo saber a su entidad financiera. Es posible que su banco le ofrezca hacer todo el proceso por usted y también puede resultarle muy práctico.
En cuanto resolvamos nuestra operación le enviaremos por correo electrónico un documento de confirmación que puede remitirle a la entidad financiera para cerrar todo el proceso. 

¿Por qué me tengo que hacer socio de Asturgar SGR?
Si somos capaces de ser una garantía frente a las entidades financieras y de obtener las mejores condiciones para estos préstamos es por nuestra solvencia. Esa solvencia se logra, por un lado por el compromiso de los socios protectores –que no pueden ser avalados- y por otro lado con la aportación de nuestros socios cada vez que les avalamos. Ese es el concepto de la garantía recíproca: ayudarse unos a otros integrando un fondo común que facilita la obtención de financiación.
¿Normalmente cuál es el coste de su financiación?
Y cuando vence el aval ¿me devuelven el importe de mis participaciones?
El capital es reembolsable al vencimiento de las operaciones. Seguir siendo socio de Asturgar cuando ya no precisa nuestro aval es una elección suya. Si valora lo que la garantía recíproca ha podido ayudarle, querremos que siga siendo socio y que contribuya así a que los siguientes que nos necesiten lo tengan igual de fácil que usted.
Si Asturgar no tiene ánimo de lucro ¿por qué cobra por sus servicios?
Efectivamente nuestra finalidad no es obtener una rentabilidad económica, no le vamos a pedir otras compensaciones de negocio. Nuestros costes son en todo momento explícitos, claros y públicos.
Los precios de nuestros servicios van destinados a cubrir los costes de la actividad y cuando estos son inferiores, la diferencia se aplica a reforzar nuestra solvencia y por tanto a favorecer su financiación.
¿Tengo que esperar a que salgan las ayudas de IDEPA para disponer del préstamo?
No. Los préstamos se podrán ir formalizando sin tener que esperar la apertura de la convocatoria por parte de IDEPA.
¿Cómo se organiza la firma de los préstamos?
Como cualquier operación habitual con su banco. Una vez esté todo aprobado, su entidad financiera nos deberá remitir la póliza para comprobar que todo está correcto. Con ello revisado nos coordinaremos para la firma de la operación.

Entidades financieras colaboradoras





Las empresas deberán solicitar las ayudas directamente ante IDEPA una vez se aperture la convocatoria de las mismas. La concesión de la ayuda quedará sujeta a los límites y criterios que establezca IDEPA en la citada convocatoria.
Las comunidades de bienes y las sociedades civiles no podrán ser beneficiarias de la subvención.
Para la firma de las operaciones, en tanto en cuanto pueda solicitarse la ayuda de los costes del aval, el titular sólo tendrá obligación de desembolsar las participaciones en el Capital Social de Asturgar SGR.
La empresas pagará los costes del aval en el caso de que ésta no tramite la solicitud de dicha subvención; o si, tramitada, le fuere denegada; o si tramitada y concedida, le fuere revocada o concedida por un importe inferior a los costes totales del aval. En estos casos, la empresa socia afianzada deberá pagar a Asturgar SGR el importe pendiente por dichos conceptos.

FEDER