ASTURGAR EXPORTACIONES
- Finalidad
- Beneficiarios
- Destino de la financiación
- Modallidad, importe y plazo
- Condiciones económicas
- Requisitos
Favorecer la internacionalización de las Pymes asturianas, facilitándoles líneas de financiación y avales para sus actividades de exportación en condiciones preferentes, a través de Convenios de Colaboración suscritos con diversas entidades de crédito.
Pymes y autónomos con domicilio en el Principado de Asturias que ofrezcan productos y/o servicios en el exterior.
- Línea de financiación de exportaciones. Post-financiaciones de exportación, anticipando el cobro aplazado una vez que la exportación se ha materializado y la mercancía ha sido embarcada. Se avalarán anticipos de facturas de exportación con documentación acreditativa de embarque, remesas y créditos documentarios de exportación.
- Línea de avales internacionales. Emisión de avales internacionales, sean de licitación, pago anticipado, ejecución, fin de obra u otro con objeto semejante, en operaciones en el exterior.
- Garantía de Asturgar por el 50% de la operación
- Importe máximo 400.000 euros
- Plazo máximo de las líneas 3 años
- Plazo máximo post-financiaciones 180 días
- Condiciones de la financiación: Tipo de interés desde Euribor 12 meses + 1,50% y comisión por factura desde 0,20% (según convenios en vigor con entidades financieras).
- Condiciones del aval de Asturgar: comisión de riesgo: 1,00% anual y comisión de estudio 0,50% sobre el riesgo aprobado.
- Participación social Asturgar: 3% del riesgo avalado.
- Acreditar la existencia de contratos / pedidos de clientes solventes en el exterior.
- Ausencia de incidencias en registros externos por impagos, estar al día de las obligaciones tributarias y laborales.
- Las empresas deben considerarse viables y rentables. Con capacidad de generar recursos suficientes de forma recurrente para amortizar sus deudas y que no presenten fondos propios negativos ni pérdidas continuadas.
- Garantía personal de socios. Se podrán valorar otras garantías.
- Vinculación de los cobros derivados del contrato a la cancelación de la financiación.